Guaymallén: Lázzaro advirtió incumplimientos de Nómade Soft y ahora limita su responsabilidad

25 agosto, 2026Denuncias, Portada
Diego Lazzaro, director de Innovación de Guaymallén, en una portada sobre las alertas y respuestas oficiales del caso Nómade Soft

Cuando asumió Innovación, Diego Lázzaro ya tenía un incumplimiento de Nómade Soft documentado. Después recibió nuevas alertas y él mismo habló de posibles sanciones, un “apagón informativo” y medidas urgentes. En agosto menciona “hitos aprobados” y limita su responsabilidad. Su llegada coincidió, además, con observaciones del Tribunal de Cuentas, organismo donde su madre, Marta Liliana Muñoz de Lázzaro, es vocal.

Por Néstor Bethencourt

La relación entre Lázzaro y Nómade Soft en Guaymallén sumó el 14 de agosto un nuevo documento.

Pero dejó una cuestión central sin resolver.

Lázzaro reconoce que la Dirección de Innovación tiene a su cargo el control técnico de las dos contrataciones vigentes con Nómade Soft. Inmediatamente después sostiene que su responsabilidad está “limitada al cumplimiento de los compromisos contractuales en el tiempo y en la forma”.

Precisamente el tiempo, la forma y el cumplimiento son los puntos que durante meses cuestionaron los propios expedientes municipales.

Lázzaro llegó con un incumplimiento ya documentado

Lázzaro no adjudicó la contratación principal de Nómade Soft pero tampoco recibió una implementación funcionando.

El 23 de enero, dentro del EXP-5307-2025, Mauricio Scaravilli y Pablo Raddi ya habían informado que existía un “incumplimiento contractual parcial, objetivamente verificable”. Gen Rentas había sido suspendido pocos días después de comenzar a utilizarse y se sugirió la intervención de Asuntos Jurídicos.

Raddi firmó aquel documento siendo director de Control de Gestión y, simultáneamente, responsable de Innovación. Pero la fecha en que esa superposición terminó ahora presenta una inconsistencia dentro de la propia documentación municipal.

En el EXP-2822-2026, correspondiente al servicio Cloud de Nómade Soft, la conformidad de una factura recibida el 20 de febrero ya identifica a Diego Lázzaro como “director a cargo” de Innovación. Sin embargo, cinco días después, el 25 de febrero, Pablo Raddi firmó el EXP-4475-2026, una ampliación dirigida al Tribunal de Cuentas, todavía como director de Control de Gestión a cargo de la Dirección de Innovación y Atención al Vecino. El expediente, precisamente, fue iniciado ese día bajo el detalle “Ampliación de Informe Tribunal de Cuentas”.

Dos documentos municipales colocan, con apenas cinco días de diferencia, a funcionarios distintos a cargo de la misma Dirección. Puede existir una explicación administrativa sobre el momento exacto del relevo, pero esa explicación no surge de las actuaciones revisadas.

Las alertas que ya estaban dentro del municipio

Y las advertencias que Lázzaro encontró o recibió no fueron una sola:

  • EXP-5307-2025: incumplimiento contractual parcial de Nómade Soft.
  • EXP-2321-2026: Rentas documentó problemas de migración, saldos y planes de pago.
  • EXP-3287-2026: Hacienda sostuvo que la empresa había dispuesto de meses para realizar pruebas.
  • NEE-4050-2026: Tesorería informó un “Incumplimiento del sistema contable Nómade Soft” y recordó observaciones del Tribunal de Cuentas.
  • NEE-4718-2026: Patrimonio comunicó dificultades con inventarios, bajas, transferencias y otras funciones.

Ecos Mendocinos ya publicó las fallas documentadas en Gen Rentas y luego las advertencias de Tesorería, Contaduría y Patrimonio. La investigación ya reúne cerca de 20 expedientes vinculados con estas contrataciones y su implementación.

Las alarmas no nacieron en este medio. Estaban escritas dentro de la Municipalidad.

En marzo habló de sanciones y pidió medidas urgentes

El 25 de marzo, el propio Lázzaro abrió el NEE-5469-2026 y elevó a Marcos Calvente un informe de “Análisis y acciones críticas urgentes”.

Allí sostuvo que Nómade Soft había asumido la responsabilidad de la migración y que el retraso podía ser pasible de sanciones contractuales. Advirtió además sobre el riesgo de un “apagón informativo”, propuso una mesa técnica coordinada por Innovación y “a cargo de mi persona” y planteó exigir a Nómade Soft una auditoría de datos.

El informe completo de marzo, ya publicado por Ecos Mendocinos, puede consultarse a continuación. Allí Lázzaro dejó por escrito los incumplimientos, el riesgo de un “apagón informativo” y las medidas que consideraba urgentes.

NEE-5469-2026 Informe Gen Nomade Infogov by Nestor Bethencourt

El documento fue publicado en “La mentira de Calvente en Guaymallén: un informe oficial confirmó las advertencias sobre Nómade”.

Lázzaro conocía los problemas, identificó riesgos y propuso medidas concretas.

Cinco meses después, su respuesta dice que los contratos continúan vigentes y que “los módulos correspondientes a los hitos aprobados se encuentran operativos”. No identifica cuáles son esos hitos, cuándo fueron aprobados ni quién certificó su cumplimiento. También reconoce que la normalización de la base de datos heredada todavía continúa.

Ahí está el núcleo de esta investigación: ¿qué ocurrió entre aquellas alarmas de marzo y estos “hitos aprobados” de agosto?

Lázzaro y Nómade Soft en Guaymallén: más de un año y la implementación sigue abierta

También hay que ordenar las fechas.

En su respuesta, Lázzaro informa que el servicio de infraestructura Cloud abarca desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026. Esa fecha es correcta para ese contrato específico, cuya Orden de Compra fue emitida el 30 de diciembre de 2025 pero no es el contrato principal investigado.

La contratación principal fue adjudicada el 25 de junio de 2025 y la documentación preparatoria había previsto inicialmente un comienzo el 1 de junio, luego reemplazado por un mecanismo ligado al inicio efectivo de la prestación. La implementación atravesó sucesivas demoras. El propio Lázzaro escribió en marzo que las actividades comenzaron el 1 de agosto de 2025, una fecha que no equivale a la puesta en funcionamiento completa de todo lo contratado.

Por eso, a más de un año de la adjudicación principal, la propia respuesta municipal no afirma que la totalidad de lo contratado esté operativa. Habla de módulos correspondientes a determinados “hitos aprobados” y reconoce una etapa de normalización todavía en curso.

El problema también puede verse desde el lado del vecino. Ecos Mendocinos mostró recientemente que Rentas sigue ofreciendo una plataforma con limitaciones para consultar y comprender determinadas deudas y antecedentes.

La pregunta ya no es si existe algún módulo funcionando. Es otra: ¿qué parte de todo lo contratado funciona efectivamente y qué parte continúa pendiente?

Una respuesta que reduce una pregunta mucho más amplia

Hay otra omisión importante.

Ecos Mendocinos preguntó por reclamos, intimaciones, sanciones, descuentos, retenciones u otras medidas adoptadas frente a los incumplimientos. Lázzaro lleva la respuesta a un terreno mucho más estrecho: el artículo 154 del Decreto 1000/2015, reglamentario de la Ley 8706.

Dice que no existe ningún acto administrativo encuadrado específicamente en ese procedimiento y agrega que los contratos no fueron suspendidos ni rescindidos.

Pero eso no responde todo lo preguntado.

El artículo 30 del propio Pliego de Condiciones Generales establece que, ante un incumplimiento, la Dirección Solicitante debe requerir a Compras y Suministros que intime al adjudicatario. Recién ante la falta de cumplimiento corresponde avanzar en el procedimiento sancionatorio. El mismo pliego contempla multas, pérdida de garantías, apercibimiento, suspensión y rescisión.

Además, cuando el municipio calificó en enero el incumplimiento de Nómade Soft, mencionó expresamente la Ley 8706, la Ley 9003 de Procedimiento Administrativo y demás normativa administrativa aplicable.

Por eso, informar que no existe una sanción bajo el artículo elegido para responder no aclara si hubo intimaciones, reclamos formales, descuentos u otras medidas anteriores o diferentes a una sanción firme.

El municipio ya había definido la responsabilidad de Innovación

La respuesta de agosto de Lázzaro tiene además un contraste difícil de ignorar con lo que la propia Municipalidad sostuvo meses antes ante el Tribunal de Cuentas.

En los EXP-4475-2026 y EXP-4624-2026, iniciados para ampliar las respuestas municipales frente a observaciones sobre otras contrataciones informáticas, Guaymallén definió al director de Innovación como “máxima autoridad técnica”. También sostuvo que, por la estructura administrativa del municipio, ese funcionario suscribe la documentación incorporada a los expedientes y asume la responsabilidad institucional sobre aquello que su equipo produce y valida.

El argumento oficial tiene una particularidad difícil de ignorar. La contratación observada corresponde al EE-22663-2024, Licitación Pública 1220/24, sobre la que Ecos Mendocinos ya había publicado “Modernización o viveza por duplicado en Guaymallén. Raddi no la vio”. En aquel esquema, Pablo Raddi concentraba Control de Gestión e Innovación, mientras el municipio presenta ahora al director de Innovación como la “máxima autoridad técnica” cuyo análisis permitió validar al único oferente y afirmar que su propuesta garantizaba incluso la interoperabilidad con los sistemas futuros.

La defensa se vuelve más llamativa porque, a continuación, Guaymallén reconoce que las observaciones del Tribunal llevaron a modificar el procedimiento y establecer una “clara segregación de funciones”, para que quien impulsa una contratación no sea quien evalúa después las ofertas y exista una validación independiente.

Si esa independencia debió incorporarse después de la observación del Tribunal, la pregunta inevitable es cuánto control independiente existía antes, cuando Control de Gestión e Innovación estaban concentrados bajo una misma conducción.

Un control que se contradice a sí mismo

Hay otra contradicción dentro de las propias explicaciones municipales. En un tramo, Guaymallén sostiene que el equipo técnico de Innovación tenía conocimientos suficientes para realizar una “auditoría técnica constante”. En otra respuesta al Tribunal justificó la concentración de funciones porque “no abundan funcionarios con la idoneidad necesaria” y faltaban “cuadros técnicos alternativos”.

O había capacidad técnica suficiente para auditar constantemente, o faltaban cuadros idóneos para separar las funciones. Las dos explicaciones, utilizadas según lo que había que justificar, necesitan al menos una aclaración.

La garantía de no pagar servicios incumplidos

El municipio fue todavía más preciso al explicar ante el Tribunal cómo debía controlarse una contratación informática. Sostuvo que la conformidad era “responsabilidad directa del director de Innovación”, quien debía verificar los hitos de implementación, la operatividad del software y la disponibilidad del servicio. Incluso afirmó que ese mecanismo “garantizó que no se realizaran pagos por servicios no prestados” y que la firma de la máxima autoridad técnica aseguraba que el objeto contractual había sido recibido conforme al pliego.

Ese estándar fue explicado ante el Tribunal para aquella contratación anterior, no para Nómade Soft. Su importancia aquí es institucional: muestra qué responsabilidad decía asumir la Dirección de Innovación al controlar, certificar prestaciones y respaldar pagos.

La propia respuesta al Tribunal de Cuentas llegó a afirmar que ese control garantizaba que no se pagaran servicios no prestados, como puede verse en el siguiente documento.

Documento de Guaymallén al Tribunal de Cuentas donde se atribuye al director de Innovación la verificación de hitos y la garantía de no pagar servicios no prestados
Ante el Tribunal de Cuentas, Guaymallén sostuvo que la conformidad de los servicios era responsabilidad directa del director de Innovación y que ese procedimiento garantizaba no pagar servicios no prestados.

EXCLUSIVO – Documento completo: Consultar el EXP-4475-2026 remitido por Guaymallén al Tribunal de Cuentas

Nómade frente a esa misma vara

El contraste con Nómade Soft es directo. Guaymallén certificó y pagó prestaciones durante 2025. Pero en enero de 2026 el propio municipio calificó parte de la implementación como un “incumplimiento contractual parcial, objetivamente verificable”. Y el 25 de marzo Lazzaro dejó escrito que la imposibilidad de realizar la masiva de tasas constituía “un incumplimiento de los hitos de implementación aceptados” por Nómade Soft. Ecos Mendocinos ya había documentado los pagos en “Calvente anunció como novedad un sistema que Guaymallén ya pagaba desde 2025”.

Por eso, la afirmación enviada al Tribunal abre una contradicción difícil de esquivar: si el control de Innovación debía garantizar que no se pagaran servicios no prestados, ¿cómo se compatibilizan las prestaciones ya certificadas y pagadas con los incumplimientos e hitos incumplidos que después documentó la propia Municipalidad? Y si aquel mecanismo era realmente “efectivo y riguroso”, también corresponde explicar por qué las observaciones del Tribunal llevaron al municipio a modificarlo, separar funciones y crear una Comisión de Recepción y Seguimiento.

La cronología agrega otra inconsistencia. El EXP-4475-2026 está fechado el 25 de febrero. Ese día fue firmado por Ignacio Conte y Pablo Raddi, y Raddi todavía aparece como director de Control de Gestión a cargo de Innovación, aunque cinco días antes el EXP-2822-2026 ya identificaba a Lázzaro como director a cargo de esa misma área.

Firmas de Ignacio Conte y Pablo Raddi en la respuesta de Guaymallén al Tribunal de Cuentas del 25 de febrero de 2026
El 25 de febrero Pablo Raddi todavía firmaba ante el Tribunal de Cuentas como director de Control de Gestión a cargo de Innovación, aunque cinco días antes otra actuación municipal ya identificaba a Diego Lázzaro al frente del área.

Existe además un dato institucional relevante: Diego Lázzaro es hijo de Marta Liliana Muñoz de Lázzaro, actual vocal del Tribunal de Cuentas de Mendoza. Esto no demuestra que la vocal haya intervenido en estas actuaciones ni que haya influido en la designación de su hijo, y Ecos Mendocinos no cuenta con documentación que permita afirmarlo.

Pero el parentesco vuelve especialmente necesario determinar con precisión quién conducía Innovación, quién ejercía el control y cómo se separaron esas funciones justamente mientras Guaymallén respondía observaciones del organismo que ella integra.

Y queda otra cuestión: una vez que Lázzaro comenzó a figurar como director a cargo de Innovación, ¿Control de Gestión realizó una auditoría independiente sobre Nómade Soft?

Entre la documentación revisada hasta ahora no aparece esa auditoría. Tampoco está explicado si la nueva Comisión de Recepción y Seguimiento intervino en estas contrataciones, qué verificó o si certificó alguno de los actuales “hitos aprobados”.

Documentos que todavía faltan

Toda esta historia puede recorrerse en el Archivo de investigaciones de Ecos Mendocinos, que ya supera las 500 publicaciones y ordena los antecedentes, expedientes y seguimientos de Guaymallén. El caso Nómade Soft tiene además su propio archivo sobre sistemas informáticos de Guaymallén.

La acumulación documental permite hacer algo elemental: comparar lo que la gestión dijo en cada momento con lo que sus propios funcionarios dejaron escrito.

¿Hay un fiscal en la sala?

Ecos Mendocinos deja expresamente abierto el derecho a respuesta de Diego Lázzaro, Pablo Raddi, las autoridades de la Municipalidad de Guaymallén, el Tribunal de Cuentas y cualquier funcionario o área mencionada en esta investigación. Si existe documentación que explique las inconsistencias señaladas, identifique los “hitos aprobados”, las auditorías realizadas, las intimaciones cursadas o la actuación de la Comisión de Recepción y Seguimiento, este medio está dispuesto a incorporarla y publicarla con el mismo criterio documental utilizado en esta nota.

A Diego Lázzaro se le pregunta por todo: qué encontró cuando asumió, quiénes eran responsables de lo ocurrido hasta entonces y qué hizo él después. Si recibió incumplimientos heredados, también puede y debe señalar quiénes tomaron las decisiones anteriores.

En marzo dejó por escrito incumplimientos, riesgos y medidas urgentes. En agosto habla de “hitos aprobados” y limita su responsabilidad.

Lo que su respuesta todavía no explica es el recorrido administrativo que convirtió aquellos incumplimientos documentados en estos “hitos aprobados”.

Eso es lo que falta saber.

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