Una triste realidad
Según el Observatorio de la Deuda Social Argentina (ODSA) de la Universidad Católica Argentina (UCA), para el 2do semestre de 2022 en nuestro país el 14,8% de los niños, niñas y adolescentes de entre 5 y 17 años realizaban trabajo infantil. El mismo es definido como cualquier actividad que los perjudique o dañe física, mental, social o moralmente y afecte su escolaridad. En la actualidad se estima que 1.400.000 niños, niñas y adolescentes sufren trabajo infantil, lo que lleva a concluir que 1 de cada 10 se ve obligado a trabajar.
Este mismo estudio, que analiza el periodo 2010-2022, señala que el pico máximo del trabajo infantil fue en 2010, con el 19,1%. El piso de la serie se encuentra en 2020 (5,3%), el cual debe ser entendido en el contexto de cuarentena por la pandemia del COVID-19. Esta causa se observa con mayor claridad si se toma que, entre 2021 (aún con restricciones sanitarias) y 2022 (contexto normalizado) el trabajo infantil se incrementó 7,1 puntos porcentuales. El pequeño fragmento histórico muestra que el siglo XXI cuenta con cifras de trabajo infantil que no se pudieron o quisieron eliminar. El trabajo infantil en Argentina es una realidad persistente en el tiempo que debe revertirse.
Punto de partida
Para erradicar esta problemática es necesario que miremos su punto de partida: no se puede separar al trabajo infantil de una realidad social que atraviesan millones de familias. La misma casa de altos estudios citada calculó que para el primer trimestre de 2024, el 55,5% de la población es pobre, del cual el 17,5% es indigente. Por su parte, el último informe de UNICEF determinó que, para el mismo periodo, la pobreza infantil sería del 70,8%, y la extrema del 34%. Sin embargo, esto no debe ser una causa que justifique la constante violación de derechos que sufren los niños obligados a trabajar.
Los especialistas en la materia coinciden en los patrones comunes que se reiteran en las situaciones donde se evidencia trabajo infantil. Ninguno de ellos debe ser asumido como una causa, ya que no existe justificación alguna para violar un derecho humano, sino que sólo debe ser tomado en cuenta para revertir el contexto social, económico y cultural en el que se concreta la ilegalidad.
Contexto
Es frecuente que el trabajo infantil se desarrolle en contextos de pobreza, analfabetismo y con altos niveles de informalidad laboral. Los condicionantes del acceso al sistema educativo y sanitario, así como la ausencia de programas de sensibilización se suman a la lista de escenarios comunes. Aquí hay algo muy interesante para analizar, las violaciones de derechos humanos básicos que sufren los niños, niñas y adolescentes no comienzan en el trabajo infantil, sino que esta es una más (no por ello menos grave) de las tantas con las que convive en su entorno y la necesidad de dinero, comida, alojamiento, ropa, etc. que tienen. Focalizar en esta serie de necesidades y violaciones, es estudiar el ecosistema en el cual se da el trabajo infantil. Por ejemplo, la evidencia demuestra que en las zonas rurales existe el 60% del trabajo infantil de Argentina.
Lo urgente
Es urgente la aplicación de un Plan Nacional que integre políticas públicas transversales a los ámbitos de la vida de un niño, niña y adolescente que sufre trabajo infantil. Sin embargo, la mejor prevención es un correcto desarrollo de un Plan de país que integre a quienes lo habiten y sea equitativo y justo en su convivencia social. En sintonía con ello, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) recomienda que los Estados nacionales aseguren un nivel básico del ingreso para las familias, que propicien un correcto acceso al sistema de salud, que aseguren el efectivo cumplimiento de la escolaridad, y que atiendan la ampliación del sistema de protección social. A su vez, invita enfáticamente a contar con una macroeconomía propicia para un constante dinamismo del mercado de trabajo que asegure buenas remuneraciones y condiciones dignas para los padres y madres de los niños, niñas y adolescentes, a fortalecer los mecanismos de inspección laboral, a desarrollar centros de cuidado infantil y a contar con una legislación acorde con la realidad del país.
Sobre leyes
Argentina cuenta con la Ley 26.390 de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente, cuya sanción fue en el año 2008, y que nos brinda un marco jurídico que actualiza la Ley 20.744 de Contratos de Trabajo, y que demuestra la necesidad de contar con sanciones y penalidades concretas a quienes obliguen a ejercer el trajo infantil. En el año 2023, Argentina obtuvo status de “País Pionero” de la Alianza 8.7, la cual se le otorga a los países que adoptan legislaciones y mecanismos de coordinación para promover nuevos enfoques en la erradicación del trabajo infantil.
El 5 de diciembre de 2023, la resolución 1570/2023 del Ministerio de de Trabajo, Empleo y Seguridad Social aprobó el Plan nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente 2024-2028, cuyo diseño fue elaborado junto a las Comisiones Provinciales (COPRETI). Este es el cuarto plan aprobado, ya que entre 2006 y 2023 se planificaron y ejecutaron otros tres, e invita a reflexionar sobre la necesidad de que se aplique eficaz y federalmente para que atienda todas las heterogeneidades de nuestro país.
Por la Lic. Lucía Buratovich, Directora de Programas de Aldeas Infantiles SOS en Argentina.